Ciudad de México, 28 de agosto.- Un juez de distrito en Michoacán concedió el pasado 25 de agosto, de manera provisional, que se detenga la tala de árboles en la zona de Tres Puentes, el Monumento a Lázaro Cárdenas y la avenida Francisco I. Madero Poniente, ante los trabajos del proyecto de transporte «Morebus», tras admitir una demanda de amparo presentada por vecinos de la ciudad de Morelia.
La resolución, dictada en el incidente de suspensión 1210/2026, impide a las autoridades talar o derribar los árboles y áreas verdes de la zona hasta que el juzgado resuelva si la medida se convierte en definitiva.
El amparo fue promovido por un grupo de vecinos de Morelia, quienes argumentaron un posible daño ambiental derivado de las obras del proyecto. Los vecinos designaron como representante común a María Belem Ortega Cortés y como asesora legal a la licenciada Stephany Rodríguez Hernández.
Como autoridades responsables, los vecinos señalaron al Gobernador Constitucional de Michoacán de Ocampo, así como a otras instancias estatales y municipales encargadas de autorizar y ejecutar la obra del proyecto «Morebus».
El juzgado consideró que existían elementos suficientes para advertir un posible daño ambiental de difícil reparación, por lo que concedió la suspensión provisional como medida cautelar, mientras se recaban mayores elementos de prueba.
Para tomar su decisión, el juez se basó en criterios ya establecidos por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los cuales señalan que, en casos ambientales, los jueces deben actuar con oportunidad para evitar daños irreversibles, incluso sin contar con pruebas totalmente concluyentes del perjuicio.
Dichos criterios corresponden a la jurisprudencia 1a./J. 193/2023 (11a.), con registro digital 2027846, y a la jurisprudencia 1a./J. 191/2023 (11a.), con registro 2027841, ambas de la Primera Sala del máximo tribunal del país.
El juez también determinó que los vecinos no tendrán que pagar una garantía económica para que la medida cautelar surta efectos, por lo que la suspensión aplica de inmediato y sin costo para los promoventes.
El juzgado requirió a las autoridades responsables rendir su informe previo en un plazo de 48 horas, y advirtió que la suspensión quedaría sin efecto si se acredita que las obras corresponden a autoridades distintas a las señaladas, o si los hechos narrados por los vecinos no coinciden con la realidad.





