- La COPIM exige una reforma constitucional integral y establecer como Secretaría de Estado al INPI
- Exigen que las y los nuevos funcionarios indígenas tengan capacidad de diálogo intercultural.
- Especialistas afirman que la propuesta viola principios básicos de los derechos humanos como la progresividad y el principio de no regresión.
CDMX a 26 de julio de 2025.- Las y los integrantes de la Coordinadora de Organizaciones y Pueblos Indígenas de México, mejor conocida como COPIM, manifestaron en una rueda de prensa sus preocupaciones sobre la iniciativa que modifica el artículo 2º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) en materia de derechos de pueblos indígenas y afromexicanos, enviada por el Presidente de la República a la cámara de Diputados el pasado 5 de febrero como parte de una serie de 18 reformas constitucionales y 2 reformas a leyes secundarias.
Dicha propuesta ya cuenta con un predictamen elaborado por la actual Comisión de Puntos Constitucionales de la LXV Legislatura, mismo que no salvaguarda de manera integral los derechos humanos de los pueblos indígenas y afromexicanos, según lo afirma Carlos de Jesús, coordinador de la Asamblea nacional Indígena Plural por la Autonomía (ANIPA).
Si bien es cierto que la iniciativa reconoce a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público, también es cierto que está incompleta y mutilada y no reconoce derechos como los de participación y representación política así como los derechos territoriales. Por otro lado, se manifestaron por elevar de rango al INPI y convertirlo en una Secretaría de Estado.
En entrevista a parte, el investigador de la UABC, el Dr. Saúl Ramírez Sánchez, afirmó que la propuesta de reforma constitucional indígena no es integral y tampoco cumple con el principio de progresividad de los derechos humanos ni con el principio de no regresión.
Esto es, “la propuesta legislativa busca brindar el reconocimiento de uno de los derechos más importantes para las comunidades y pueblos indígenas, el reconocimiento de sujetos de derecho público, una prerrogativa que es el cimiento de los derechos colectivos indígenas” destacó el también catedrático.
Sin embargo, la iniciativa también establece algunos candados legales respecto a los derechos de libredeterminación y la autonomía indígena ya reconocidos en la CPEUM. Y eso es lo preocupante de la propuesta de dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales de la LXV Legislatura, que en pro del reconocimiento de unos derechos se eliminen otros o se establezcan restricciones de las prerrogativas ya logradas.
Esto puede ser el caso, nos explica el Dr. Ramírez, de la desaparición en la propuesta del proyecto de dictamen del concepto del criterio fundamental, que actualmente está redactado en el artículo 2º Constitucional, relativo a la “conciencia de la identidad indígena como criterio fundamental para determinar a quiénes se aplican las disposiciones sobre pueblos indígenas”.
Con la eliminación de este concepto se corre el riesgo de que el Estado tenga de nueva cuenta la discrecionalidad y la facultad de decidir quién es o quién no es indígena, situación que ya se había superado con el criterio fundamental de la conciencia de la identidad indígena, pertenencia y vinculatoriedad a la comunidad y al pueblo indígena.
Otro ejemplo de limitación que se encuentra en la propuesta del dictamen es el referente a la autonomía para que los pueblos indígenas decidan sobre sus formas internas de gobierno, de convivencia y de organización social económica, política y cultural, pues se establece que “debe de hacerse con apego a la CPEUM”.
Dicha proposición no está actualmente en la redacción del artículo 2º Constitucional, por lo que se corre el riesgo que la autonomía que se había logrado retroceda, porque ahora se propone que los pueblos indígenas tengan una organización con apego a la Constitución, que la convivencia sea con apego a la Constitución y que la organización sea con apego a la Constitución. Por ejemplo, los topiles, un cargo en las comunidades que no están reconocidos en la CPEUM, significaría que ya no existirían porque no están apegados a la Constitución.
Concluye el también defensor de los derechos indígenas, que toda propuesta legislativa se puede mejorar y perfeccionar, a fin de salvaguardar los derechos humanos de los pueblos indígenas y afromexicanos en el marco de los principios pro-persona y convencionalidad establecidos en el artículo 1º de la CPEUM.
Asimismo, el académico de origen mixteco hizo un llamado a implementar el mecanismo de consulta indígena como una obligación de la autoridad legislativa y como un derecho de los pueblos indígenas, con ello se podrá mejorar la propuesta del dictamen de la Comisión de Puntos Constitucionales, afirmó.
Cabe destacar que las y los integrantes de la COPIM en la rueda de prensa insistieron en que se debe de luchar por aprobar una reforma constitucional indígena que sea integral y que incorpore en la constitución derechos sustanciales que hasta ahora han sido negados como la participación y representación política; tierra, territorios y recursos naturales; propiedad intelectual, entre otros.
Finalmente, la COPIM hizo un llamado a Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta Electa de los Estados Unidos Mexicanos, para que las y los nuevos funcionarios indígenas tengan capacidad de diálogo intercultural y estén comprometidos con las comunidades y pueblos indígenas y afromexicanos.
Para ello propusieron a diversas personas indígenas para dirigir el INPI, entre los que destacan la compañera Gloria Sánchez López, Alfredo Vázquez Vázquez, Carlos de Jesús Alejandro y Liliana Vianey Vargas Vásquez, quienes cuentan con alto perfil de liderazgo, comunalidad, honradez, integridad, dirección, respeto,