Redacción. CDMX, 21 de agosto de 2026.- El ministro presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Hugo Aguilar Ortiz, ha decidido que el máximo tribunal del país participe como “observador” en el proceso de consulta indígena para elaborar la Ley General de Derechos de los Pueblos Indígenas y Afromexicanos.
A primera mano se escucha bien. Suena a justicia, a reparación histórica, a reconciliación, a un Proyecto de estado. Pero la realidad es otra. Lo que realmente está ocurriendo es que el Poder Judicial, encabezado por un ministro que se presenta como indígena mixteco, se está conviertiendo en el aval institucional de un proceso que, lejos de garantizar un derecho a la consulta efectivo, está sometido a los intereses del oficialismo.
No se trata de un error ni de una postura ingenua. Es una traición a los principios que deberían guiar a un Poder Judicial independiente. Y es, además, el capítulo más reciente de una historia de desencuentros entre la Corte y los pueblos indígenas.
El Poder Judicial no debe ser ni aval ni observador
La participación de la SCJN como “observadora” en la consulta indígena es, desde cualquier ángulo, una injerencia indebida. El Poder Judicial debe ser ajeno a cualquier proceso de consulta indígena. No debe ser su aval, ni su testigo, ni mucho menos su validador. Su función es otra: la de juzgar cuando los actos de autoridad sean impugnados. No estar presente durante el acto, bendiciéndolo con su presencia, como si con ello se blindara de legitimidad.
La Corte no tiene dentro de sus atribuciones “observar” consultas . La Corte está para resolver controversias, para revisar constitucionalidad, para ser el último recurso de quienes ven vulnerados sus derechos. Al aceptar ser observadora, la Corte se puede convertir en cómplice de un proceso que está siendo duramente cuiestionado, no en su garante.
Y eso es profundamente nocivo para los pueblos indígenas. Porque cuando la Corte avala un proceso con su presencia, les quita a las comunidades la posibilidad de cuestionarlo después con la misma fuerza. ¿Cómo impugnar una consulta en la que estuvo presente el máximo tribunal del país? ¿Cómo decir que no fue libre, que no fue informada, que no fue culturalmente adecuada, si la Corte y su presidente indígena la acompañó, la “observó” y no objetó nada?
La reforma de 2001: el mal precedente de la Corte
Quien conoce la historia del movimiento indígena reciente sabe que el Poder Judicial ha estado en contra de los pueblos indígenas. La reforma constitucional al artículo 2º en 2001 es el ejemplo más claro. Aquella reforma, producto del levantamiento zapatista, de los traicionados Acuerdos de San Andrés, de la presión social de la sociedad civil, de la Marcha del Color de la Tierra, etc., reconoció la composición pluricultural de la nación y los derechos de los pueblos indígenas. Pero también fue una reforma mutilada, insuficiente y, sobre todo, incumplida.
Durante más de dos décadas, las comunidades indígenas han esperado que el Estado materialice lo que aquella reforma prometía. Y el Poder Judicial, en lugar de ser un aliado en esa lucha, ha sido un espectador pasivo, incluso a veces un antagonista. Las comunidades han tenido que recurrir al litigio estratégico, a los amparos, a las acciones de inconstitucionalidad, para que se reconozcan sus derechos. La Corte ha resuelto a favor en algunos casos, sí, pero siempre a cuentagotas, siempre después de que el daño ya estaba hecho.
La reforma de 2001 fue una promesa. Y el Poder Judicial, en lugar de exigir su cumplimiento, se dedicó a administrar el incumplimiento con sentencias que, aunque progresistas en algunos casos, nunca lograron revertir la lógica de exclusión estructural de dicha reforma.
Con la reforma al artículo 2º, publicada en septiembre de 2024, se repite el mismo guión. Se convoca a una consulta indígena que, según el gobierno, será “histórica” y “sin precedentes”. Pero quienes han seguido de cerca estos procesos saben que, en la práctica, las consultas no modifican los contenidos de las propuestas de reformas.
La consulta para la reforma constitucional de 2024 ya ha sido cuestionada por diversos sectores. Organizaciones indígenas y defensoras de derechos humanos han señalado que el proceso no cumple con los estándares del Convenio 169 de la OIT: no es previo, no es libre, no es informado y no es culturalmente adecuado. A pesar de ello, el gobierno sigue adelante con las prácticas del viejo indígenismo y la Corte, en lugar de poner un alto, se suma como “observadora”.
El ministro indígena que se puso del lado del poder
Hugo Aguilar Ortiz es un ministro indígena que preside la SCJN. Su origen mixteco ha sido presentado como un símbolo de la inclusión y de la llegada de la diversidad al máximo tribunal. Pero ese origen, lejos de ser una garantía, se ha convertido en un escudo para la crítica. La identidad no es un blindaje. Y la historia está llena de líderes indígenas que, una vez dentro del poder, se convirtieron en operadores del statu quo, no en transformadores de la realidad de sus comunidades.
El problema no es que Aguilar sea indígena. El problema es que, siendo indígena, está utilizando su posición para legitimar un proceso que muchos pueblos indígenas consideran ilegítimo.
No hay Estado de derecho para los pueblos indígenas
Lo que estamos viendo es la confirmación de una realidad que los pueblos indígenas conocen desde hace siglos: en México, el Estado de derecho es un privilegio de unos cuantos, no un derecho universal. Las leyes existen, los tratados internacionales existen, las sentencias de la Corte existen. Pero cuando se trata de hacerlos cumplir para los pueblos indígenas, todo se vuelve difuso, todo se vuelve “proceso”, todo se vuelve “gradual”.
La participación de la SCJN como “observadora” en la consulta indígena es la prueba más reciente de que el Poder Judicial ha renunciado a su papel neutral.. En lugar de mantenerse al margen para poder juzgar con imparcialidad, ha decidido ponerse del lado del poder ejecutivo y avalar un proceso que, desde su origen, está viciado.
Y lo peor es que lo hace con un discurso de cambio, de justicia, de inclusión. Como si con eso bastara. Como si la presencia de la Corte en las asambleas regionales fuera suficiente para borrar décadas de exclusión y marginación.
Los pueblos indígenas no necesitan observadores. Necesitan garantes. Necesitan que el Poder Judicial esté de su lado cuando el gobierno o los legisladores los ignoren.
La decisión de Hugo Aguilar Ortiz de participar como observador en la consulta indígena es un golpe a la credibilidad del Poder Judicial. Es la confirmación de que, en México, la justicia para los pueblos indígenas sigue siendo una asignatura pendiente. Y es, además, una traición a los principios que deberían guiar a una persona juzgadora: la imparcialidad, la independencia y la equidistancia.
Los pueblos indígenas han sido claros: no quieren consultas simuladas. Quieren que se respete su derecho a la libre determinación. Quieren que se les consulte de manera previa, libre, informada y culturalmente adecuada y se respete su consentimiento. Y quieren que, cuando eso no ocurra, el Poder Judicial imparta justicia.
