Han pasado más de dos años desde que el Magistrado Ponente Jaime Vargas Flores del Tribunal de Justicia Electoral de Baja California (TJEBC) presentó la resolución del Incidente de Inejecución de Sentencia Recurso de Inconformidad: RI-30/2018 INC. Así es, fue el 29 de septiembre de 2020 cuando se emitió esta sentencia donde se declaró que la sentencia del RI-30/2018 tuvo un cumplimiento defectuoso.
Está Sentencia impuso al Congreso del Estado de Baja California, la medida de apremio consistente en apercibimiento y se ordenó al Congreso del Estado de Baja California, a la debida observancia de la sentencia de veintiuno de diciembre de dos mil dieciocho, dictada en el expediente RI-30/2018. Esto es, realizar la reforma indígena en materia político electoral.
De la misma manera, el TJEBC vinculó al Instituto Estatal Electoral para que emitiera los lineamientos y las acciones afirmativas a favor de los pueblos indígenas, resolución que apoyó la Sentencia de la Sala Superior del TEPJF Sentencia SUP-REC-28/2019.
En ese entonces, el Congreso de Baja California debió realizar la consulta respectiva a los pueblos y comunidades indígenas en la Entidad, la cual tenía que haberse iniciado en noviembre de 2020, pues la Sentencia establecía que se realizará a más tardar dentro de los dos meses siguientes a la notificación de la resolución.
Una consulta indígena que tiene como propósito final llegar a un Acuerdo o al Consentimiento entre la autoridad y las comunidades indígenas, pues así lo dicta el artículo 6º del Convenio 169 de la OIT.
Loa hechos recientes muestran que la XXIII Legislatura del Congreso de Baja California no implementó los resolutivos de este Incidente de Inejecución de Sentencia RI-30/2018 INC.
Así es que, la única autoridad que cumplió lo mandatado por las sentencias fue el instituto local electoral, pues derivado del proceso electoral 2020-2021 y la implementación de las acciones afirmativas, por primera vez en la historia del Congreso de Baja California en la XXIV Legislatura se consiguieron dos diputaciones indígenas. Hechos que no provienen de la voluntad política sino de golpes de sentencia.
Una de la legisladora es la diputada indígena de origen mixteco de Oaxaca, Evelyn Sánchez Sánchez, Presidenta de la Comisión de Pueblos Indígenas y Bienestar Social, la otra diputada indígena de origen Cochimi es Dunnia Montserrat Murillo López, Secretaria de la Comisión. Y con el propósito de dar cumplimiento a la Inejecución de la Sentencia, el 31 de agosto se convocó a reunión de comisiones unidas en coordinación con la Comisión de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, a fin de celebrar los inicios de los trabajos legislativos de la reforma constitucional en el Estado de Baja California en materia de derechos indígenas.
Esta reunión tuvo como propósito comenzar con el trabajo parlamentario para que se reconozcan a los pueblos y comunidades indígenas como sujetos de derecho público, así como sus derechos políticos, el derecho a la consulta indígena bajo los principios del consentimiento, libre, previo e informado, tierras, los derechos de territorio, entre muchos otros derechos sustantivos.
Un evento que evidenció el trabajo de las diputadas y la buena voluntad política de las y los legisladores de las comisiones, pues pusieron en la agenda legislativa la tan esperada reforma constitucional indígena.
Pasaron más de tres meses para que las comisiones unidas se reunieran de nueva cuenta el 13 de diciembre de 2022, en dicha sesión se aprobó el “Proyecto de Acuerdo de Consulta Previa, Libre e Informada, a Pueblos y Comunidades Indígenas, de las Comisiones Unidas de Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales; y Asuntos Indígenas y Bienestar Social, respecto a la Iniciativa de Reforma al artículo 7 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Baja California en materia de Derechos Indígenas, presentada en fecha 20 de septiembre de 2021. Expediente 64/2021”.
Un ruta legislativa con una reforma constitucional que tiene contra reloj los tiempos del siguiente proceso electoral que comienza a finales de este año. Pero más allá de los períodos, surge la inquietud sobre si la voluntad política manifestada por las y los legisladores es legítima o fue provocada por la resolución de la Sentencia del Juicio para la Protección de los Derechos Político Electorales del Ciudadano SG-JDC-261/2022 de la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.
En esta Sentencia SG-JDC-261/2022 de fecha 8 de diciembre de 2022 se mandató al TJEBC que Preside el Magistrado Vargas para que ordenará al Congreso del Estado de Baja California que dé cumplimiento a la sentencia de 21 de diciembre de 2018, así como a la sentencia interlocutoria de 29 de septiembre de 2020 dentro de un plazo de 90 días naturales.
Asimismo, la Sala Regional Guadalajara instruyó al TJEBC a que dictará una nueva ejecutoria para que dejará sin efectos la prórroga de 6 meses que había otorgado al Congreso del Estado para la reforma constitucional indígena, y en su lugar, se declare el incumplimiento respectivo y la imposición de la medida de apremio correspondiente.
Mandatos de la Sala Regional Guadalajara que tienen en el fondo el argumento del sentido común, pues han transcurrido más de 4 años desde la primera sentencia y más de dos años de la emisión de la resolución incidental del 29 de septiembre de 2020, sin que haya existido un cumplimiento a las mismas.
Resaltemos que está resolución del TEPJF vinculó a los Titulares del Gobierno del Estado de Baja California y a la Secretaría de Hacienda. Esto es, a la Gobernadora Marina del Pilar Ávila Olmedo y al Secretario Marco Antonio Moreno Mexía, a que coadyuven con los recursos económicos para el proceso de consulta indígena y legislativo de reforma constitucional indígena.
Esta vinculación fue el resultado de los alegatos presentados por el Congreso del Estado de Baja California, pues argumentaba que no tenía los recursos económicos para la realización de la consulta indígena. Por eso la vinculación de la sentencia al Poder Ejecutivo de nuestro Estado, la cual por ningún motivo no se condiciona para el cumplimiento de la ejecutoria ni justifica el incumplimiento de esta.
Igualmente, la Sentencia vinculó al Instituto Estatal Electoral de Baja California (IEEBC) para que brinde asesoría y orientación al Congreso del Estado de Baja California sobre el proceso de consulta indígena.
Inclusive, las y los magistrados de la Sala Regional Guadalajara pensando y, por si acaso, el Congreso de Baja California vuelve incumplir con los mandatos judiciales y “continue con una actitud contumaz”, ordenó al TJEBC que exigiera, con la oportunidad debida, al IEEBC implementar las acciones afirmativas correspondientes “—previa consulta— para que se tutele la participación de los pueblos y comunidades indígenas en materia político-electoral, en el próximo proceso electoral que se lleve a cabo en el Estado de Baja California”.
Claro, pensando en prospectiva o en la justificación que puedan argumentar las autoridades electorales, legislativas y del ejecutivo de Baja California, de que no hay recursos para la consulta indígena, como lo manifestaron anteriormente, pues utilizaron ese argumento para justificar y acreditar la omisión legislativa.
Es por ello, por lo que, la Sala Regional de Guadalajara ordenó al TJEBC vincular a las autoridades Titulares del Gobierno del Estado de Baja California y de la Secretaría de Hacienda, a fin de que coadyuven con los recursos necesarios para este proceso de consulta indígena de ser el caso, se realice para que el IEEBC implemente las acciones afirmativas indígenas correspondientes para el siguiente proceso electoral.
Y, por supuesto, si llegará incumplir de nueva cuenta nuestro Congreso del Estado de Baja California, la Sentencia establece que el TJEBC deberá imponer como medida de apremio, el apercibimiento contemplado en el “II incidente de incumplimiento de sentencia del referido expediente SUP-JDC-283/2021”.
Bajo este contexto, el 10 de enero de 2023, se realizó reunión de trabajo de las comisiones unidas de Asuntos Indígenas y Bienestar Social y Gobernación, Legislación y Puntos Constitucionales, donde se acordó llevar a cabo la Consulta Indígena y el proceso legislativo a más tardar el 4 de abril de 2023.
Más allá de los golpes de sentencia y la voluntad política que puedan manifestar algunas y algunos legisladores, la Reforma Constitucional en Baja California sigue estando pendiendo de un hilo, pues este reclamo de reconocimientos de derechos de los pueblos indígenas no sólo es resultado de la nueva cultura jurídica de las personas indígenas, sino viene acompañado de un movimiento social indígena que no se ha apagado, su luz sigue encendida y seguirá encendida porque el cambio normativo es sólo el comienzo de nuevos cambios sociojurídicos. El conservadurismo caerá y dará paso a la interculturalidad que se ya vive en Baja California.
Hacemos votos para que no se siga postergando la reforma y se legisle a favor de las comunidades y pueblos indígenas. Estamos confiados que la justicia electoral se hará realidad, ya no se puede dilatar más.
Tenemos sentencias que nos favorecen y a pesar de ello, la aplicabilidad de estas sigue siendo más que un reto. Pareciera que los golpes de sentencia brindan esperanza y las voluntades políticas del conservadurismo cierran caminos.